La verdad, el argumento y la toga

Columnas de Opinión
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger

Como abogado, docente y litigante, no hay clase, audiencia o lectura que no me lleve, tarde o temprano, a una inquietud central: ¿qué verdad jurídica importa en el Derecho colombiano? ¿La que realmente ocurrió o la que puede probarse con evidencia procesalmente admisible? Y aunque mi formación me dice que la procesal es la que impera, mi conciencia insiste en no olvidar que muchas veces deja por fuera lo esencial: lo humano.

Es cierto que el Derecho no puede funcionar sin reglas. Pero a veces me parece irónico que, en nombre del debido proceso, que nació para proteger, terminemos desestimando testimonios, ignorando antecedentes evidentes o absolviendo a culpables por defectos formales. La verdad procesal es una necesidad, pero también una limitación. En países como Colombia, donde las víctimas tienen más cicatrices que expedientes, esta brecha entre lo vivido y lo probado duele.

Por eso insisto tanto en las aulas en el poder del razonamiento jurídico. No para convertir el Derecho en un juego de palabras, sino para formar juristas que piensen con rigor y argumenten con honestidad. Aquí es donde reaparece Aristóteles, no con toga sino con lógica: el silogismo —esa vieja estructura de premisa mayor, premisa menor y conclusión— sigue siendo nuestra columna vertebral en las sentencias. Si todos los ciudadanos tienen derecho a la igualdad y Pedro es ciudadano, entonces Pedro tiene derecho a ser tratado con igualdad. Suena obvio, pero es la base del litigio constitucional, del control de legalidad y del debate político jurídico.

No basta con la deducción. En la práctica, usamos argumentos inductivos, como cuando observamos patrones de reincidencia en excombatientes para prever riesgos. O abductivos, cuando inferimos, a partir de indicios, quién fue probablemente el autor de un crimen. O analógicos, cuando aplicamos un precedente laboral a trabajadores de plataformas digitales porque la relación fáctica es similar. Cada uno de estos razonamientos tiene su lógica y su límite, y todos deben ser enseñados con la misma seriedad con que explicamos el concepto de competencia jurisdiccional.

Y hablando de precedentes. En teoría, el vertical es obligatorio. En la práctica, muchos jueces lo olvidan, lo ignoran o lo retuercen. El horizontal, por su parte, se presenta como persuasivo, pero cuando hay jurisprudencia reiterada, romperla sin motivación es una afrenta al principio de igualdad. No hay Estado de Derecho sin coherencia, y no hay coherencia sin respeto por lo decidido.

Quizá la mayor enseñanza que intento transmitir en clase es que el Derecho no es una fábrica de absoluciones o condenas, sino una disciplina que se construye desde el lenguaje, la lógica y la ética. No ganamos el caso solo por tener la razón, sino por saber demostrarla jurídicamente. Y eso requiere herramientas: saber distinguir una falacia de un argumento válido, reconocer cuándo estamos deduciendo y cuándo estamos especulando, identificar cuándo un caso amerita analogía y cuándo requiere ruptura de precedente.

En Colombia, donde la impunidad convive con el exceso punitivo, donde el precedente constitucional a veces se aplica y otras se desecha como si fuera opinión editorial, y donde las víctimas deben suplicar por una reparación que es derecho, el deber del abogado es no dejar que la forma destruya el fondo.

Pero hay algo más que rara vez se dice en voz alta: el problema no es solo del juez o del sistema, sino también de cómo enseñamos el Derecho. Nos hemos acostumbrado a formar estudiantes que memorizan normas, pero no comprenden principios; que resuelven casos en papel, pero no entienden la vida que hay detrás de cada expediente. Si no educamos en el arte de argumentar, si no fomentamos la duda razonada y el pensamiento crítico, seguiremos formando técnicos que no saben construir justicia.

Para concluir, la cultura jurídica de un país no se transforma solo con reformas, sino con pedagogía: con docentes que incomoden, que enseñen a escuchar, que exijan claridad conceptual, y que devuelvan el alma al razonamiento jurídico.

Columna de Opinión e-mail: tabaresluis@coruniamericana.edu.co