El complejo de raquetas construido debajo del puente de las ‘Tres Cazuelas’ es ilegal

En pocos días estará abierto al público este complejo de raquetas construido debajo del puente vial del sector de “Las tres cazuelas” en la entrada a El Rodadero. El secretario de gobierno debe ordenar su demolición inmediata.

Política
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Amparado en un permiso ilegal de ocupación del lote de propiedad de dos fallecidas, expedido por la ex secretaria de Infraestructura Departamental, la construcción se hizo sin licencia y de manera arbitraria. El secretario de Gobierno del Distrito, debe ordenar la demolición inmediata de la obra si no se quiere ver avocado a un proceso disciplinario e incluso penal por prevaricato.

Mediante oficio de fecha 18 de abril de 2024, la Curaduría Urbana No 1, a cargo de Jorge Tamayo Callejas ordenó el desistimiento de la solicitud de Licencia de Construcción en modalidad de Obra Nueva, para la construcción del complejo de raquetas en el lote de terreno ubicado debajo del puente vial de la doble calzada Mamatoco-Y de Ciénaga, en el sector de ‘Las Tres Cazuelas’, entrada a El Rodadero.

Con base en esa decisión, la secretaria de Planeación Distrital, Patricia Caicedo Lafaurie, ordenó la parálisis de las obras, argumentando además falta de claridad con respecto al cumplimiento de la norma que prohíbe la construcción de obras de infraestructura dentro de los límites de una carretera nacional, violación en la que en efecto se estaba incurriendo por parte del constructor. (Resolución 716 del 28 de abril de 2015 emanada de la Agencia Nacional de Infraestructura, ANI).

De manera arbitraria e ilegal, el señor Alberto Fernández, quien dice ser el propietario del lote que debió comprar el departamento por haber sido afectado por la doble calzada Mamatoco-Y de Ciénaga, construyó el complejo de raquetas debajo del puente del sector de “Las tres cazuelas”, entrada a El Rodadero.
De manera arbitraria e ilegal, el señor Alberto Fernández, quien dice ser el propietario del lote que debió comprar el departamento por haber sido afectado por la doble calzada Mamatoco-Y de Ciénaga, construyó el complejo de raquetas debajo del puente del sector de “Las tres cazuelas”, entrada a El Rodadero.



No obstante, el constructor continuó con la obra amparado en un permiso presuntamente ilegal de ocupación del lote expedido por la exsecretaria de Infraestructura del Departamento Yenny Marcela Camacho Neuto al supuesto heredero Alberto Fernández Yépez, hijo de una de las propietarias legítimas del predio, las hermanas Vitalia Yépez Pacheco y Rosa Elena Yépez de Fernández, fallecidas.

En el oficio de desistimiento del trámite de solicitud de licencia de construcción, el Curador Urbano No 1, Jorge Tamayo, advierte que, “el solicitante no cumplió con los requisitos establecidos en el decreto 1077 de 2015”, decisión contra la cual el supuesto propietario del lote se tomó el trabajo de presentar recurso de reposición ni tampoco retirar los documentos aportados al expediente.


Esta es la copia original del oficio a través del cual el Curador Urbano No 1 decide el desistimiento de la solicitud de licencia de construcción del complejo de canchas de raquetas tramitada en su despacho a nombre de la propietaria del lote Rosa Yépez (fallecida).
Esta es la copia original del oficio a través del cual el Curador Urbano No 1 decide el desistimiento de la solicitud de licencia de construcción del complejo de canchas de raquetas tramitada en su despacho a nombre de la propietaria del lote Rosa Yépez (fallecida).



Lo anterior quiere decir, según el Curador Tamayo, que el solicitante de la licencia de construcción construyó las canchas de manera arbitraria, trasgrediendo la norma, por lo que la construcción es considerada ilegal y constituye la comisión de un delito tipificado en el código penal, artículo 318 que establece lo siguiente: “El que adelante, desarrolle, promueva, patrocine, induzca, financie, facilite, tolere, colabore o permita la división, parcelación, urbanización de inmuebles, o su construcción, sin el lleno de los requisitos de ley, incurrirá, por esta sola conducta, en prisión de tres (3) a siete (7) años y multa de hasta cincuenta mil (50.000)
salarios mínimos legales mensuales vigentes”. Por lo tanto, es fundamental cumplir con las normativas y requisitos legales al construir cualquier instalación deportiva en el país.

Jorge Tamayo, Curador Urbano No 1
Jorge Tamayo, Curador Urbano No 1



En virtud de lo anterior a la entonces secretaria de Infraestructura del Departamento Jenny Camacho, también le cabe responsabilidad en la presunta comisión de un delito, al expedir la resolución 033 del 22 noviembre de 2023 en la que concede un “permiso provisional de ocupación e intervención en zona de derecho de vía, al señor Alberto Fernández”, sobre el cual el citado se amparó para ejecutar la obra.

En la resolución la señora Camacho le pone como condición al señor Fernández que “al vencimiento del plazo previsto debe haber concluido la ejecución de las obras, al igual que deberá tener la vía en condiciones de calidad, operación y servicio en la zona de carretera objeto del permiso provisional “, semejante adefesio jurídico susceptible de denuncia penal, que contribuyó al amparo de una obra ilegal además de que fue ejecutada con un permiso provisional vencido.

La ilegalidad confirmada de esta obra deportiva en la modalidad de obra privada para el usufructo particular obliga al secretario de Gobierno Distrital ordenar su demolición inmediata e irreversible so pena de verse avocado a un proceso disciplinario e incluso penal por el delito de prevaricato por omisión.




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