Corpamag ordena medida a Interaseo S.A.S.E.S.P. y al Distrito de Santa Marta

Relleno Sanitario ‘Palangana’ Ubicado en la vía a Bahía Concha.

Departamento
Tamaño Letra
  • Smaller Small Medium Big Bigger
La medida es exigida para ajustar el estudio de impacto ambiental del relleno sanitario ‘Palangana’.

La Corporación Autónoma Regional del Magdalena impuso medida a la empresa Interaseo S.A.S. E.S.P. y al Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta, responsables del relleno sanitario “Parque Ambiental Palangana”. Esta disposición ordena el ajuste del instrumento de control y manejo ambiental del relleno sanitario, para lo cual se debe presentar un nuevo Estudio de Impacto Ambiental, en respuesta a las observaciones realizadas por esta autoridad ambiental como resultado de la documentación técnica presentada por los titulares de la licencia ambiental, para la ampliación de la vida útil del relleno sanitario y en el marco de las visitas de control y seguimiento realizadas por la Corporación.

La decisión fue tomada mediante la Resolución N° 0483, del 26 de febrero de 2025, luego de un análisis detallado de la información presentada por los titulares de la licencia ambiental y de la operación actual del relleno sanitario. Corpamag determinó que el proyecto de ampliación de la vida útil del relleno sanitario debe cumplir con los requisitos legales y técnicos para minimizar los impactos ambientales en la zona.

El ajuste al Estudio de Impacto Ambiental deberá presentarse dentro de los 45 días calendario posterior a la expedición de la resolución. Si no se cumple con este plazo, Interaseo S.A.S. E.S.P. y el Distrito de Santa Marta podrían enfrentar sanciones, de las que trata el artículo 5 de la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 2024.

No obstante, Corpamag ha autorizado la continuidad de la operación del relleno sanitario, mientras se resuelve la modificación definitiva de la licencia ambiental. Sin embargo, esta autorización estará sujeta a un estricto control y seguimiento para garantizar el cumplimiento de las normativas ambientales.

“Hemos solicitado a las entidades responsables que socialicen el ajuste del Estudio de Impacto Ambiental con las comunidades cercanas al área de influencia del proyecto. También hemos requerido ajustes técnicos conforme a las disposiciones legales vigentes en cada una de las etapas relacionadas en la información presentada por los titulares de la licencia, en donde se incluyen las etapas de optimización y ampliación del relleno sanitario”” Afirmó Alfredo Martínez director general de Corpamag.

En cuanto a la solicitud de cambio en la licencia ambiental para la ampliación de la vida útil del relleno, Corpamag manifiesta que existen implicaciones que deben ser consideradas, dado que ampliar su vida útil generaría impactos adicionales en el componente socioeconómico debido a la permanencia extendida de la operación del relleno. Esta situación debe ser socializada adecuadamente con la comunidad del área de influencia, cumpliendo con las obligaciones constitucionales y legales de participación comunitaria.

Interaseo S.A.S. E.S.P. y la Alcaldía Distrital de Santa Marta deberán atender los requerimientos y cumplir con los ajustes solicitados dentro de los cuales se incluyen los siguientes:



Le puede interesar:  ¡Insólito! negaron el acceso de la prensa a la sesión ordinaria de la Asamblea



Para Interaseo S.A.S. E.S.P:

Se solicita soportar las socializaciones sobre la operación del relleno sanitario y sobre la capacidad remanente de la Fase 1 con las comunidades. Se solicita documentar las estrategias para la socialización a las comunidades ubicadas en el área de influencia del relleno sanitario del tiempo de vida del relleno sanitario.

Con el ánimo de contrarrestar la desinformación, con respecto a la operación del relleno, se insiste en fortalecer la divulgación de la operación del relleno sanitario con las comunidades aledañas en un lenguaje sencillo y de fácil comprensión, con apoyo de herramientas visuales entre otras que considere pertinentes.

Describir las acciones de control y medidas de manejo que se aplicarán posterior a la finalización del nivel 14 y domo de cierre.

De la misma manera, teniendo en cuenta los cambios socioeconómicos del área de influencia con respecto al escenario inicial de operación del relleno, la Corporación Autónoma Regional del Magdalena recomienda que las medidas de manejo ambiental actuales sean revisadas y ajustadas determinando si son suficientes para el control de riesgo a las comunidades aledañas derivadas de la operación del relleno, por tanto, considerando el Plan de Manejo Ambiental del relleno sanitario, se recomienda ajustar el programa de Gestión Social con código PAP013 e incorporar acciones orientadas a la recepción y respuesta de las quejas y peticiones y a la vigilancia epidemiológica en el  área de influencia del relleno sanitario.



Le puede interesar:  Carnaval Escolar en la I.E.D. Rural Buenos Aires



Para la Alcaldía del Distrito de Santa Marta:

Corpamag recomienda a la Alcaldía de Santa Marta asegurar la vigilancia epidemiológica en el área de influencia del relleno sanitario con la participación activa de la comunidad, y establecer un cronograma de actividades con la Secretaría de Salud. Las actividades deberán ser incluidas en los informes de cumplimiento ambiental y evaluar la efectividad de los mecanismos de recepción de quejas y reclamos por parte de la comunidad.

La Alcaldía debe además proporcionar estrategias y mecanismos para el control de invasiones en el área de influencia del relleno, detallando las medidas concretas en un informe técnico mensual y socializar con las comunidades la operación del relleno, así como la capacidad remanente del relleno sanitario.

En la documentación presentada por los titulares de la licencia ambiental además de la información de la ampliación de la vida útil también se presenta información sobre actividades de optimización y ampliación del relleno sanitario, sobre las cuales esta autoridad ambiental también realiza requerimientos técnicos y jurídicos conforme a la Resolución N° 0483, emitida el 26 de febrero de 2025.

La Corporación continuará con el control y seguimiento de la operación del relleno sanitario, tomando las decisiones necesarias para proteger el medio ambiente y la salud de las comunidades aledañas.


Más Noticias de esta sección

Publicidad